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Contrato de Ajuste Recíproco de Intereses (CARI)
21 Abril 2011
Tipo de instrumento
Financiación
Tipo de proyecto
Exportación
Entidad que gestiona
Instituto de Crédito Oficial (ICO)
Contacto
ICO
Tema
Ayudas a la internacionalización
Ámbito
Nacional
Objetivos
Apoyar con financiación oficial las Exportaciones Españolas
Beneficiarios
Exportadores españoles
Detalle del programa
El Contrato de Ajuste Recíproco de Intereses (CARI) es un sistema de apoyo a las exportaciones españolas de bienes y servicios mediante el cual se incentiva la concesión, por parte de las entidades financieras, de créditos a la exportación a largo plazo (2 ó más años) y a tipos de interés fijos (tipos de Consenso). Los créditos beneficiarios del CARI pueden estar denominados en euros o en cualquiera de las divisas admitidas a cotización.Clases de créditos beneficiarios del sistema CARI
- Crédito comprador extranjero: la entidad financiera concede el crédito al comprador extranjero que tiene, por lo tanto, la condición de prestatario; el suministrador o exportador recibe directamente el importe del crédito como pago por la venta realizada.
- Crédito suministrador nacional: es el propio suministrador o exportador el que asume la condición de prestatario. El comprador extranjero sólo queda vinculado con el suministrador por el contrato comercial.
- Línea de crédito: es una variante del crédito comprador. La entidad financiera pone a disposición del prestatario, generalmente un banco del país comprador, un importe global con cargo al cual pueden financiarse distintos contratos comerciales.
Conceptos financiables considerados para la formalización de un CARI
- El importe de los bienes y servicios exportados de origen español, en cuya valoración se incluyen:
- Flete y seguro de transporte contratados por el exportador con una compañía española.
- Prima del seguro del crédito a la exportación si el servicio lo presta una compañía española.
- El importe de los bienes y servicios extranjeros incorporados a la exportación española.
- Las comisiones comerciales.
- Los gastos locales.
- Los intereses del crédito devengados y capitalizados durante el período de disposición del mismo, previa autorización de la Dirección General de Comercio e Inversiones (Ministerio de Industria, Turismo y Comercio).
Las solicitudes se tramitarán en las oficinas del ICO, Paseo del Prado nº 4; 28014 Madrid.
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Enlaces web